Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 1940 - 1998 (Creación)
Nivel de descripción
Volumen y soporte
154 unidades de guarda en soporte papel, cartón y papel fotográfico.
Área de contexto
Nombre del productor
Historia administrativa
"El Archivo Nacional de la Memoria es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Fue creado por Decreto 1.259/2003 del 16 de diciembre de 2003, firmado por el entonces Presidente Néstor Kirchner, con el objeto obtener, analizar, clasificar, duplicar, digitalizar y archivar informaciones, testimonios y documentos sobre el quebrantamiento de los derechos humanos y las libertades fundamentales en que esté comprometida la responsabilidad del Estado Argentino y sobre la respuesta social e institucional ante esas violaciones. En ese decreto se le otorgó “carácter intangible al material testimonial, documental e informativo que integre el Archivo Nacional de la Memoria, por lo que el mismo deberá conservarse sin cambios que alteren las informaciones, testimonios y documentos custodiados”.
En 2003 el ANM comenzó a funcionar con un plantel pequeño en diversas oficinas y edificios gubernamentales. Ese mismo año, el Congreso de la Nación declaró nulas las leyes de Punto final y Obediencia Debida y dos años más tarde la Corte Suprema de Justicia de la Nación se manifestó en la misma dirección al indicar la inconstitucionalidad de las mismas. Las causas por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura cívico-militar de 1976 a 1983 que habían quedado frenadas comenzaron a abrirse nuevamente.
Por otra parte, la nueva orientación en materia de derechos humanos promovió la recuperación de la Escuela de Mecánica de la Armada. El 19 de marzo de 2004, el presidente Kirchner realizó una visita al Casino de Oficiales de la ESMA con un nutrido grupo de sobrevivientes que ingresaban por primera vez después de 20 años. El día 24, se llevó a cabo un acto en el predio donde el titular del Poder Ejecutivo Nacional y Aníbal Ibarra, Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, firmaron un Acta Acuerdo donde se comprometía el desalojo por parte de la Armada y la creación de un espacio para la memoria y la promoción y defensa de los derechos humanos. También quedó conformada una Comisión bipartita integrada por representantes de las Secretarías de Derechos Humanos de la Ciudad y la Nación, encargada de la supervisión de la entrega del predio por parte de la Marina. Dicha Comisión inicialmente estuvo a cargo de las tareas que hacían a la planificación y uso del espacio como sitio de memoria. Posteriormente, hacia fines de 2005, la recopilación de materiales y la producción de contenidos destinados a transmitir lo ocurrido durante la dictadura recayeron sobre una Comisión ad hoc.
La inminente recuperación de la ESMA habilitó un intercambio entre distintos actores, y convocó a los organismos de derechos humanos para articular sus propuestas. Finalmente, se definió que la totalidad del predio quedaría disponible para el espacio de memoria tal como solicitaron los organismos de derechos humanos. La Armada, entonces, fue desalojando los edificios por tramos, y las últimas instituciones navales se retiraron en septiembre de 2007. Desde entonces se dispuso la apertura al público en general. El 30 de noviembre de ese mismo año se sancionó la ley de creación del Ente Público Espacio para la Memoria y Promoción y Defensa de los Derechos Humanos como organización inter-jurisdiccional destinada a la definición y ejecución de políticas públicas de memoria en la ex ESMA. La misma sería presidida por un Órgano Ejecutivo integrado por un representante del Poder Ejecutivo Nacional, uno del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y un tercero en nombre del Directorio que nucleara a los organismos de derechos humanos. También se dispuso la creación de un consejo asesor conformado por los sobrevivientes de la ESMA que estuvieran dispuestos a participar.
Con la recuperación de la ESMA, en el año 2007 el Archivo Nacional de la Memoria instaló sus oficinas y dependencias en los edificios que había ocupado la Escuela de Guerra Naval, espacio donde funciona hasta la actualidad. Cuatro años después se añadió como espacio de guarda permanente de fondos la ex Panadería, edificio contiguo que fue rediseñado y modificado con el objeto de recibir los documentos de la Comisión Nacional de Desaparición de Personas (CONADEP). Otro acontecimiento importante ese año fue la creación de la Coordinación de Investigaciones Históricas y la Dirección de Gestión de Fondos Audiovisuales dentro de la Dirección Nacional de Gestión de Fondos Documentales.
Desde su creación, el ANM ha ampliado permanentemente su acervo a partir de la recepción de diversos agrupamientos documentales por donación o transferencia. Asimismo, ha incorporado personal para los distintos procesos involucrados en la gestión de su documentación. Los equipos del Archivo han ofrecido y ofrecen, a su vez, capacitaciones a otras instituciones de todo el país, así como intercambios de experiencias mediante convenios y acuerdos de colaboración con entidades de carácter local, provincial, nacional e internacional, tanto del ámbito público como de la esfera privada.
En el año 2005 el ANM firmó un acuerdo marco de colaboración con la Asociación de Reporteros Gráficos de la República Argentina (ARGRA). En este marco, por medio de un convenio específico celebrado en el 2008 comenzó a funcionar en este espacio la Fototeca de la Asociación. Este Archivo sistematiza, preserva y pone a la consulta online documentos fotoperiodísticos que registran importantes acontecimientos de la historia política, social y cultural de nuestro país y el Cono Sur.
En relación al plano internacional, el ANM tiene un papel central en diversas instancias de articulación con otras instituciones archivísticas coordinadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para la sistematización y el intercambio de información sobre graves violaciones a los derechos humanos con otros países de la región, así como para la gestión y el seguimiento de desclasificaciones de documentos referidos a la Argentina obrantes en el extranjero.
Asimismo, el Archivo ha producido, publicado y difundido numerosas investigaciones sobre diversos temas de historia argentina reciente, a partir de su propio acervo y que han permitido además incrementar el patrimonio documental de la institución. Estas investigaciones, además, contribuyen al proceso de Memoria, Verdad y Justicia, así como a la reparación de las víctimas del accionar represivo ilegal del Estado.
También se han realizado numerosas muestras y contenidos gráficos y audiovisuales a partir del acervo del ANM, con el fin de promover los derechos humanos, destinados a diversos públicos y con una proyección de carácter federal.
En el año 2013, con motivo de los 10 años de la institución y los 30 años de la recuperación de la democracia, el ANM lanzó la Campaña Memoria es Futuro, con el objetivo de recibir donaciones particulares e institucionales de documentación referida a graves violaciones a los derechos humanos, preservarlas y ponerlas a la consulta. Dicha campaña fue relanzada en diciembre de 2020. Ese mismo año, se retomó el trabajo de articulación con los archivos provinciales que abordan la temática de derechos humanos (y en particular, lesa humanidad) a través de la convocatoria desde el ANM a la Red Federal de Archivos de la Memoria.
En la actualidad, y desde diciembre de 2019, el ANM se encuentra llevando adelante un proyecto de descripción normalizada de su acervo documental y de protocolización de todos los procesos involucrados, a los fines de adaptarse a la normativa internacional y buenas prácticas archivísticas y mejorar, en consecuencia, el acceso de toda la comunidad a la documentación que resguarda."
Nombre del productor
Historia administrativa
Después de la Declaración de la Independencia, el fracaso por establecer un poder central generó en 1820 el esfuerzo de las provincias por afirmarse como Estados autónomos. La autonomía de hecho se tradujo en autonomía de derecho, de provincias que ya no se correspondían con las amplias jurisdicciones determinadas por la Ordenanza de Intendentes de la administración borbónica, y emergían como sujetos políticos con epicentro en sus cabildos cabecera.
Entre las autoridades radicadas en Indias, el Cabildo adquirió a través de la costumbre, una relevancia superior a la que tenía en España. En el espacio que luego sería el territorio provincial funcionaban dos Cabildos, el Cabildo de Buenos Aires y el Cabildo de Luján. Después de 1810, siguió rigiendo la vida urbana a través de sus ordenanzas, conservó sus funciones de justicia y se convirtió en el núcleo constitutivo de las nuevas entidades políticas, siendo importante para la campaña como instancia de apelación de las causas atendidas por los alcaldes de hermandad.
En la medida que las provincias se erigieron en entidades autónomas, para legitimar su poder debían establecer la división de poderes, lo que fue realizado con distintos matices y solidez jurídica. El objetivo era monopolizar el poder público, participando de una idea imperativa del derecho que reservaba la producción de las leyes a legislaturas unicamerales, encargadas de nombrar al Poder Ejecutivo, que tenía capacidad normativa. La construcción de los poderes ejecutivo y legislativo fue pasando por diversas instancias buscando lograr un equilibrio de poder; para lo cual era indispensable establecer atribuciones y límites de quienes dictaban las leyes, las ejecutaban y las aplicaban. Al no establecer estas pautas en un texto constitucional, cada cuestión debía ser cuidadosamente legislada para lograr la institucionalización del poder, lo que llevó a que la Sala de Representantes ocupara un lugar central cimentado en la pública deliberación donde se negociaban las decisiones políticas tomadas por el Gobierno.
Este proceso comenzó en Buenos Aires el 11 de febrero de 1820, cuando el Cabildo asumió el mando de la ciudad, su territorio rural convocó al vecindario a Cabildo abierto y se formó el 16 del mismo mes la Honorable Junta de Representantes, que al día siguiente designó gobernador a Manuel de Sarratea. La construcción de un Estado autónomo republicano requería de los tres poderes de cuya constitución, deslinde y equilibrio dependía la libertad civil e implicaba el enfrentamiento de la Junta de Representantes y el Gobernador con el Cabildo, generado por las múltiples facciones en pugna y orientado a controlar el poder provincial.
En este proceso, el Cabildo debía ser suprimido no solamente por la superposición de jurisdicciones, sino también porque su sustancia histórica lo hacía incompatible con un régimen representativo con equilibrio de poderes. Ese era el objetivo de la ley promulgada el 24 de diciembre de 1821, que, redactada para eliminar los cabildos, fue el fundamento institucional del primer ensayo de organización judicial como parte del embrionario Poder Judicial de un Estado en construcción, definiendo la participación de jueces legos y letrados en la administración de Justicia. (...) La ley finalmente acordada tenía doce artículos. El 1° suprimía los cabildos hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades. Del artículo 2° al 9° se organizaba la nueva administración de justicia y del 10° al 12° la policía. La justicia ordinaria sería administrada por cinco jueces letrados de primera instancia, dos en la capital y tres en la campaña, con una dotación diferenciada. Las atribuciones, hasta la sanción de los códigos, serían las de los alcaldes ordinarios.
Hasta que se contara con un padrón y un plano topográfico, la jurisdicción de cada juez del territorio rural sería determinada por el Gobierno, que resolvió por decretos de 1822 dividirlo con los cursos de agua en primer departamento con sede en San Vicente (Chascomús), segundo en la Villa de Luján y tercero en San Nicolás (Arrecifes). Completaba la estructura judicial el Defensor de Pobres y Menores y el Procurador General, ambos letrados. En la ciudad los jueces se establecían por parroquia y en la campaña según considerara el gobierno. Sus atribuciones, hasta la sanción de los Códigos, eran juzgar en las demandas que las leyes y práctica vigente declarara verbales; arbitrar en las diferencias y en la campaña las de los alcaldes de hermandad. Los juzgados de campaña tuvieron corta vida y la justicia de primera instancia quedó solo en Buenos Aires con dos jueces civiles y dos criminales para atender toda la provincia. Ante la imprecisión sobre las antiguas atribuciones de los alcaldes de hermandad, que pasaban al nuevo juez local, y cuáles al comisario, la policía tuvo una vida azarosa hasta que, en 1831, el juez de paz asumió las funciones policiales y el 17 de febrero el Gobierno acordó que los jueces de paz cobraran el salario de los comisarios. Esta situación se mantuvo hasta la creación de la Policía de la Provincia en 1880, pero con la paulatina creación de comisarías en puntos de frontera.
Ante la falta de una organización municipal los jueces de paz acumularon numerosas y diversas funciones de gobierno y policiales. A esto se sumaba la estrecha relación entre el nombramiento de un juez de paz, el avance de la frontera y la conformación del mapa judicial, pues era una decisión que seguía estando ligada, como había ocurrido con los alcaldes de hermandad, a la configuración administrativa y política del territorio de un partido, aún sin tener el juez un pueblo en el cual establecer el juzgado.
En estos años, la persistencia de normas y procedimientos judiciales no invalidan las formulaciones novedosas que generaron cambios en la cultura jurídica en un largo proceso, que, iniciado en 1820, tuvo una primera etapa marcada por un breve ensayo de instalar jueces legos y jueces letrados en todo el espacio poblado.
En 1826 Buenos Aires fue declarada capital del poder nacional recientemente creado, medida que diezmó el poder económico de la provincia y suprimió las instituciones organizadas en 1821 y la Sala de Representantes. Después del fracaso de este proyecto se buscó la reorganización de la provincia, pero sobre la base político-jurídica que Rivadavia había dejado.
El intento descentralizador de la administración de justicia quedó latente y se concretó en 1853. A partir de allí la preocupación sobre la administración de justicia giró en torno a la organización y atribuciones jurisdiccionales y de gobierno del más alto tribunal, la descentralización judicial, la formación técnica de los magistrados, la fundamentación legal de las sentencias y la codificación.
Buenos Aires no juró la Constitución Nacional hasta 1860, pero sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba que el Poder Judicial, encabezado por el Superior Tribunal de Justicia, sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. La Constitución de 1873 le otorgó al Poder Judicial una nueva organización que hundía sus raíces en el pasado institucional a la vez que creaba la Suprema Corte de Justicia, instalada en 1875. En 1884 las autoridades provinciales debieron trasladarse a la nueva capital, la ciudad de La Plata; y en 1886 la Suprema Corte se instaló definitivamente en la Casa de Justicia.
En la actualidad, la Suprema Corte de Justicia está integrada por:
Soria, Daniel Fernando - Presidente
Kogan, Hilda - Vicepresidenta
Torres, Sergio gabriel - Ministro
Conte Grand, Julio Marcelo, - Procurador General
Institución archivística
Historia archivística
"El 24 de agosto de 2015, la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires dictaminó la destrucción de la Causa ""Jockey Club de la Provincia de Buenos Aires sobre quiebra"". Atento al posible valor secundario de dichos documentos, el Archivo Nacional de la Memoria interviene solicitando la revisión de la medida. Esta situación deriva en la desafectacción de la destrucción ordenada por la Corte mediante la Resolución Nº 316 del 16 de marzo de 2016 y luego en la firma de un convenio el 23 de agosto de 2016 entre la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de la Nación y la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. En este marco, se produjo el traslado de los documentos al ANM que se realizó en dos etapas: la primera, consistió en el acondicionamiento del material para ser trasportado y la segunda, en la carga del envío y el monitoreo de la mudanza.
Los documentos se encontraban en un estado de suciedad profunda, acidez del papel, manchas y perforaciones por la presencia de metales en proceso de oxidación, manchas causadas por cintas adhesivas envejecidas, roturas, dobleces, guarda inadecuada (materiales no aptos para conservación). La documentación además presentaba indicios de haber estado en contacto con el agua, por este motivo gran parte del material está afectada por hongos. Por ello, una vez ingresado al ANM se realizó un proceso desinsectación del conjunto de la documentación, así como de limpieza superficial de un 15 % del material con aspiradora y reembolsado con polietileno y el traslado de la documentación a un depósito controlado. Un gran volumen de la documentación se encuentra aún hoy aislado a la espera de contar con los recursos para su tratamiento.
Durante el 2017 se continuaron las tareas de estabilización de los documentos y se avanzó en una identificación preliminar de los mismos. En el año 2018, se realizó una breve descripción y se incorporó en las guías documentales elaboradas por el ANM. En 2021, en el marco del proyecto de Normalización del ANM, se describió archivísticamente el fondo y se puso a la consulta online en Access to Memory (AtoM). El 22 de septiembre de 2023 el total de la documentación reunida en 154 unidades de guarda se transfirieron al Archivo Provincial de la Memoria de Buenos Aires dada las dificultades de recursos para poder abordar el fondo adecuadamente. Previamente la documentación fue agrupada en 154 unidades de guarda y llevada a la Planta de Irradiación Semi Industrial (PISI) de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) donde fue irradiada con rayos gamma para eliminar el ataque microbiológico que tenía. "
Origen del ingreso o transferencia
Transferencia mediante convenio firmado el 23 de agosto de 2016 entre la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural del Ministerio de Justicia de la Nación y la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Nota de transferencia del ANM al APM de fecha 22 de septiembre de 2023.
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
"El fondo se compone de la causa ""Jockey Club de la Provincia de Buenos Aires s/Quiebra” que integra tanto los cuerpos de la causa así como las pruebas incorporadas y toda la documentación del Jockey Club de la Provincia de Buenos Aires que fuera secuestrada en el marco de dicho proceso judicial. Se pueden encontrar, por lo tanto, los legajos personales, recibos de haberes, certificaciones de servicios y planillas de sueldos correspondientes a los trabajadores del Jockey Club y del Hipódromo de la Plata, de diversos años, incluido el periodo 1975-1983. Así como libros de liquidaciones de haberes y registros de inventarios de bienes de dependencias del Jockey Club.
Corresponde mencionar los conflictos gremiales ocurridos tanto en el Jockey Club como en el Hipódromo de la ciudad de La Plata en 1975 y 1976 que fueron reprimidos brutalmente y varios de sus principales representantes fueron asesinados por miembros del grupo paraestatal conocido como Concentración Nacional Universitaria (CNU). El caso más emblemático es el de Carlos Antonio Domínguez, ocurrido el 12 de febrero de 1976, cuando un grupo de la CNU encabezado por Carlos "el indio" Castillo lo secuestró de su casa y lo acribilló con cuarenta disparos. Domínguez había encabezado un conflicto en reclamo de un aumento salarial por el que el gobernador Victorio Calabró lo amenazó de muerte. Si bien el fondo aún no pudo ser correctamente identificado, clasificado ni descripto para poder determinar su potencialidad para la investigación de estos hechos, fueron los que motivaron principalmente las gestiones de las autoridades del ANM para su preservación. "
Valorización, destrucción y programación
Histórico.
Acumulaciones
Fondo cerrado.
Sistema de arreglo
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Restringido por Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales y políticas de acceso de la entidad productora original.
Condiciones
Reproducción parcial sujeta a disponibilidad institucional.
Idioma del material
Escritura del material
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Hay documentación afectada por hongos.
Instrumentos de descripción
Inventario en elaboración.
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Existencia y localización de copias
Unidades de descripción relacionadas
Área de notas
Notas
"Carnagui, J. L. (2013). El nacionalismo juvenil platense y la formación de la Concentración Nacional Universitaria
(CNU), 1960-1971. La Plata: Nuevos Mundos Mundos Nuevos.
Carnagui, J. L. (2016). Nacionalsitas, católicos y peronistas. Auge, afianzamiento y reconfiguración de la
Concentración Nacional universitaria (CNU) La Plata, 1955-1974. La Plata: Universidad Nacional de La Plata.
Cecchini, D., & Elizalde Leal, A. (2016). La CNU: el terrorismo de estado antes del golpe. Buenos Aires: Daniel
Cecchini"
Identificador/es alternativo(os)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Puntos de acceso por autoridad
Tipo de puntos de acceso
Área de control de la descripción
Identificador de la descripción
Identificador de la institución
Reglas y/o convenciones usadas
Norma Internacional General de Descripción Archivística ISAD (G) 2da Edición. Estocolmo: Comité de Normas de descripción, 1999.Madrid, 2000.
Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G. Buenos Aires: AGN, 2024.
Norma de codificación de fechas: ISO 8601. Ginebra: ISO, 2000
Norma de codificación de país: ISO 3166. Ginebra: ISO, 1997.
Directriz para la asignación de códigos de identificación de las instituciones que forman parte del Consejo Federal de Archivos. Versión 2023. CoFAE.
Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.
Guía para la descripción documental. Versión 3.1 enero 2021. Buenos Aires: ANM 2021.
Estado de elaboración
Nivel de detalle
Fechas de creación revisión eliminación
2024/12/26 (Creación)
2025/03/18 (Revisión)
Idioma(s)
- español latinoamericano
Escritura(s)
- latín
Fuentes
Soler, Esteban. Director de Documentación. Archivo Provincial de la Memoria.
Informe de Gestión. Archivo Provincial de la Memoria.
Nota del archivista
Copani, Andrea (Creación)
Segundo, Silvina (Revisión)
Nota del archivista
La descripción es heredada del catálogo del Archivo Nacional de la Memoria.